Los camaristas propusieron elaborar un protocolo específico para las cárceles. En territorio bonaerense instaron a conceder arresto domiciliario a los presos de mayor edad. https://www.pagina12.com.ar/252838-la-camara-de-casacion -busca-proteger-el-derecho-a-la-salud-d Las recomendaciones de la Cámara Nacional de Casación Penal y del Tribunal Superior de Justicia de la Pcia. de Buenos Aires, orientadas a disminuir los riesgos de quienes se encuentran privados de su libertad y en situación de mayor vulnerabilidad ante eventuales contagios por “coronavirus”, responden a las dificultades que generan las deficiencias del sistema carcelario. Todo ello, originado en la necesidad de no descuidar su rol, no poco importante, por cierto- de preservar sus derechos constitucionales y que no resulten agravadas sus condiciones de encierro -Art. 18 CN-.
Sin embargo, las limitaciones estructurales que tiene el Servicio Penitenciario Federal, como los distintos Servicios Penitenciarios del interior del país, no son ajenos a los gravísimos problemas económicos que arrastra la economía nacional, desde hace ya varias décadas.
En este contexto, cabe destacar que la sociedad toda ve cercenada sus derechos civiles pues la libertad ambulatoria, la libertad de trabajo, la libertad de circular libremente por el país (garantizados en el art. 14 de la Constitución Nacional), como así también las limitaciones de celebrar reuniones sociales, familiares y afectivas, se encuentran condicionadas con la única finalidad de protegernos del Covid-19 y contribuir al cuidado de la salud pública.
Cabe destacar también que en el supuesto caso de no acatar lo dispuesto por el decreto del PEN, que impone el aislamiento social, preventivo y obligatorio, puede acarrear sanciones de tipo penal; y que de hecho ésta situación ha originado aproximadamente 38.000 casos, entre detenciones y/o procesos penales, con altas penas cuando la inconducta ciudadana pone en riesgo la salud pública.
Por ello, entiendo que los interlocutores de los detenidos , las clase dirigente toda, como así también los organismos de derechos humanos en lugar de fomentar, entre los reclusos, “ilusiones” de libertad frente a este contexto de excepción, deberían concientizarlos en que no son ajenos de cuidarse y de cuidar al resto de sus pares, porque ellos también forman parte de la sociedad en su conjunto.
Que sus riesgos no son diferentes al resto-pues es claro que aun en los lugares más vulnerables el hacinamiento es un común denominador- y que el país también requiere de sus esfuerzos, como el de todos los demás ciudadanos.
El estado de excepción en el que estamos todos los argentinos, como en el resto del mundo, provocado por el Covid-19, no puede ponerlos en mejor posición cuya libertad está restringida, con las garantías del Estado de Derecho, y se vean en mejor situación que los ciudadanos que cumplen con la ley, quienes ven limitadas sus posibilidades de trabajo, de llevar el pan a sus casas y que ellos, en su estado de detención, tienen garantizado.
Respetando la función que le cabe a los magistrados, que deberán evaluar los pedidos que le sean formulados, el análisis está dirigido a poner énfasis en este contexto, pues dadas las dificultades y extensión que requerirá la cuarentena, se evite ser laxos y tener que luego tal vez arrepentirse, por adelantar la libertad a quienes no podrán ser controlados por falta también de infraestructura, y escapen nuevamente a la ley - quedar en rebeldía-, cometan nuevos delitos al resultar beneficiarios de los derechos que pretenden obtener en la emergencia. Como así también, en aquellos casos a quienes les han sido otorgado el uso de celulares, para facilitar sus vínculos familiares, lo utilicen para amedrentar o amenazar a sus víctimas, tal como ya ocurrió en el caso Píparo.
Por último, y no menos importante, debemos resaltar que se debe priorizar, al momento de tomar las decisiones, cuando las circunstancias así lo requieran, que se preserven los derechos de los niños, niñas y adolescentes, como así también de las mujeres que resulten víctimas de violencia de género y/o violencia familiar según se trate, extremando los recaudos necesario para ellas.
Maria Emilia Cevasco.
Abogada, Coordinadora Equipo Banquemos Justicia